Que es necesario planificar, regular y controlar la actividad comercial del Área Central de Villa General Belgrano
Que la repetición de determinados rubros en la misma zona atenta contra la actividad comercial en su conjunto generando un efecto contraproducente a la misma;
Que tomando en cuenta esta necesidad, se busca desarrollar una reglamentación que combine el desarrollo urbano y la actividad turística de la localidad.
Que sin dudas el área central de la localidad constituye uno de los pilares más importantes que sustenta el turismo local, regional y nacional, requiriendo una planificación y control con carácter especial;
Que es necesario extender por quince (15) días el Statu Quo establecido en la Ordenanza 2034/2020 y su extensión 2035/2020 contando así con más tiempo de análisis;
Que conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 185 y 186 incisos 8, 9, 11 y 12 de la Constitución de la Provincia de Córdoba y la Ley Orgánica Municipal 8102.
Fecha: 2020-09-02
Descargar Archivo: 2044 – 2020 Extensión Status Quo Zona Céntrica (Autoguardado)