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El Intendente Oscar Santarelli anunció días atrás la creación del Plan Municipal de Empleo para residentes de nuestra localidad, y que desde el jueves 7 de mayo ya se encuentra operativo a través del 03546-15 536673. Este método, en principio servirá para registrar información y datos de quienes se desarrollen en las siguientes actividades:

• Limpieza de terrenos, poda y jardinería
• Obreros de la Construcción
• Huerta y quintas
• Producción de carnes.

Posteriormente se evaluará cómo proseguir teniendo en cuenta los protocolos y medidas vigentes.
El horario de atención de este Registro de Oficios es de 9 a 14 horas, de lunes a viernes. El procedimiento consiste en rellenar telefónicamente una ficha (similar a un Curriculum Vitae) que formará parte de la base de datos de la Municipalidad. Se solicita tener paciencia si la comunicación no se establece inmediatamente. Se podrá incluso enviar un whatsapp que será respondido a la brevedad.

El Intendente resaltó la importancia de este registro –hasta ahora único en nuestra región- para que, cuando la emergencia sanitaria culmine, podamos iniciar más rápidamente los proyectos destinados a la producción de alimentos en el denominado “Cinturon Verde”, pero también para poder avanzar en las diferentes Obras Públicas que ya se están llevando a cabo.

La Villa Que Queremos | ¿En qué consiste el Plan Municipal de Empleo Local? Leer más »

A raíz de la gestión efectuada por el Intendente de Villa General Belgrano, Contador Oscar Santarelli al presentar un recurso de reconsideración, el COE resolvió flexibilizar parcialmente el proceso de aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en nuestra localidad, autorizando el inicio de Obras Privadas y Profesiones liberales (Escribanos, contadores, abogados, arquitectos, ingenieros, agrimensores, corredores inmobiliarios, gestores matriculados y martilleros) asegurando el estricto cumplimiento de los protocolos vigentes en cada una de las actividades.

Por tanto, y a través del Decreto-051-2020-Anexo-I-y-Anexo-II-1, el Ejecutivo Municipal permite las actividades antes mencionadas, y se compromete a ejercer el debido control para el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en los protocolos correspondientes.

⇒ Leer/Descargar Decreto 051-2020

⇒ Leer/Descargar Protocolo-de-Habilitacion-de-Obras-Privadas

⇒ Leer/Descargar Protocolo-de-Bioseguridad-para-el-Ejercicio-de-Profesiones-Liberales

Decreto 051-2020 | Flexibilización Obras Privadas y profesiones Liberales Leer más »

Desde la Secretaría de Obras y Servicios Públicos – Dirección de Obras Privadas y Catastro informan:

En virtud del Protocolo de Habilitación en las obras privadas, de remodelación, nueva obra o continuidad de obra ya habilitada -siempre que en el sector no habite ninguna persona- se disponen los siguientes pasos a seguir para solicitar el PERMISO CORRESPONDIENTE:

1) Descargar el Permiso Reactivación Obra Privada .

2) Completar el formulario y enviarlo por correo electrónico a [email protected] en formato PDF.

3) Recibirá la autorización sellada a través del mismo medio electrónico. Usted podrá imprimirlo y tenerlo a disposición para presentar ante una inspección municipal de obra.

Acceda al Permiso Especial de Reactivación de Obras Privadas Leer más »

A través de la Ordenanza 2013-2020 se establece la prórroga en los vhttp://Ordenanza 2013-2020encimientos de Tasa de la PropiedadContribuciones que inciden sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, Contribuciones por Mejoras, Multas, Vencimientos de Cuotas de Planes de Pago y cualquier otro tributo municipal, cuyos vencimientos operen entre el 20 de marzo de 2020 inclusive hasta los 10 días hábiles posteriores al cese de la vigencia del «Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio».

Más información: Ordenanza 2013-2020

Ordenanza 2013-2020 | Prórroga Vencimientos Tasas y contribuciones Municipales Leer más »

La Municipalidad de Villa General Belgrano informa que  se llevó a cabo la firma del CONVENIO DUT (Documento Único de Tránsito) con el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Córdoba para que los productores de la comunidad puedan continuar emitiendo las Guías de Tránsito de Hacienda sin tener que concurrir al Municipio, es decir, a través de la Autogestión. De esta manera, quienes necesiten trasladar su hacienda, podrán obtener el permiso y efectuar el pago de las tasas municipales (solo en el caso en que corresponda de acuerdo a la Ordenanza Tarifaria vigente) mediante el medio de pago Pay Per Tic.

De esta manera, a través de esta modalidad se facilita el cumplimiento de la normativa vigente en materia de traslado de hacienda: esto es Documento Único de Traslado (DUT), Visados y Cupones de Pagos que correspondieren a cada jurisdicción interviniente.

Con el objetivo de continuar con la producción de alimentos –que es de vital importancia para la subsistencia de todos los habitantes– es que resultaba imperativo la firma del mencionado convenio.

Para mayor Información: Leer/Descargar el Manual-Autogestion-DUT

DUT | Modalidad Autogestión Traslado de Hacienda Leer más »

Comenzó la temporada, y la Municipalidad de Villa General Belgrano repartirá a partir del jueves 16 de abril, los kits de semillas Pro HUERTA INTA correspondientes al «otoño-invierno”, pero exclusivamente con turno previo llamando al 03546-461333 y presentando luego el DNI correspondiente.

Se podrán retirar las semillas de otro grupo familiar pero llevando autorización firmada de la persona, y dentro de las posibilidades, foto o fotocopia del DNI.

De esta manera se continúa incentivando la creación y desarrollo de huertas familiares, escolares, institucionales, comunitarias y/o comerciales, tanto en el ámbito urbano como rural.

Prohuerta INTA | Kits de Semillas Otoño-Invierno Leer más »

Villa General Belgrano a través del Decreto039-20201 adhiere a los últimos decretos y decisiones administrativas del Gobierno Nacional en el que se extiende el Aislamiento Obligatorio Social y Preventivo por la pandemia del Coronavirus hasta el 26 de abril inclusive, como así también al control y fiscalización de precios por parte del Municipio dispuesto por Nación con el Decreto 351-2020 

Se establecen -conforme a la Decisión Administrativa 490-2020– nuevas excepciones al Aislamiento Social y Preventivo, como por ejemplo, entidades bancarias, personas con discapacidad, talleres para reparación de autos, neumáticos y repuestos; librerías y artículos informáticos, con modalidad delivery con regulaciones específicas. El distanciamiento social y las medidas de seguridad e higiene establecidas deberán mantener en todos los casos.

Los talleres y gomerías deberán solicitar el Certificado Único Habilitante  para la circulación.

En el caso de venta de repuestos y librerías/informática, NO se permitirá el acceso del público al local comercial.

Para ampliar la Información: Decreto039-20201

Decreto 039-2020 | Se extiende la Cuarentena y Nuevas Excepciones Leer más »

Se establece, por tanto, un Protocolo para el Ingreso de Proveedores y Recepción de Mercaderías provenientes de  otras comunas y/o localidades, donde primará que dicha carga sea  pulverizada con alcohol al 70% o con lavandina al 1% antes de ser cargada al transporte. Y para proveedores desde Alta Gracia, cubierta con film de embalaje.

En dicho Protocolo se indican las Medidas de Seguridad Personal (barbijos, guantes, protección ocular), requisitos de ingreso vehicular a Villa General Belgrano (puesto sanitario apostado en el playón de Ruta 5 metros antes de llegar a Ojo de Agua donde los vehículos serán desinfectados a través de un sistema de pulverización), Descarga de Mercadería, como así también la Obtención del Certificado de Desinfección externa e interna emitida por el Área de Fiscalización Municipal.

Cabe recalcar que el único ingreso habilitado a Villa General Belgrano será por Ruta 5 y Ojo de Agua. Demás ingresos permanecerán cerrados para optimizar las medidas de seguridad e higiene.

⇒ Para ampliar la Información, Leer/Descargar Decreto040-2020

Decreto 040-2020 | Nuevas Medidas control de Ingresos Leer más »

A partir de la fecha los comercios exceptuados en DECRETO-NACIONAL-2020-0297-APN-PTE.pdf y conforme al Decreto Municipal 029-2020  sólo podrán atender en el horario de 7 a 19 horas, salvo las farmacias a través de guardias y esquema de turnos establecidos.

Además, los titulares de dichos comercios deben evitar las aglomeraciones en los ingresos, hacer cumplir las medidas de protección e higiene  establecidas por las autoridades municipales, provinciales y nacionales, como así también respetar la distancia mínima de 1,5 metros.

Entre otras medidas, se autoriza al uso de la fuerza pública con las sanciones que la normativa general establece, desde la clausura comercial hasta la baja de la habilitación municipal correspondiente.

Y más allá de que la norma fundamental es “Quedarse en casa”,  de existir fuerza mayor el desplazamiento de personas será de forma Individual, e independientemente del tipo de tracción, se deberá respetar lo establecido en la normativa nacional.

⇒ Para ampliar la información o detallarla, puede LEER/DESCARGAR el Decreto 036-2020

Decreto 036-2020 | Nuevas reglamentaciones Leer más »