Decreto 057-2020 | Flexibilización actividades recreativas y deportivas

A través del Decreto 057-2020 + Anexo I, II y III, el municipio de Villa General Belgrano adhiere a los protocolos establecidos por el COE Regional que instrumentan nuevas medidas sobre la flexibilización escalonada y progresiva del ASPO, y las que refieren a Actividades Deportivas, Caminatas Deportivas, y Caminatas de Esparcimiento.

El resumen del mismo:

ACTIVIDADES RECREATIVAS DEPORTIVAS NO COMPETITIVAS INDIVIDUALES
Están permitidas las actividades físicas de forma individual (no se autoriza la actividad de manera colectiva o grupal):
1) Caminatas deportivas (marcha y trote). No está autorizado el running.
2) Ciclismo.
3) Tenis.
4) Paddle.
5) Golf.
La actividad se realizará de lunes a domingo de 10.00 a 16.00hs dentro del ejido municipal.

No está permitido realizar estas actividades en zonas comerciales ni avenidas principales. Tampoco Cerro de la Virgen ni Pozo Verde.

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