La Municipalidad de Villa General Belgrano informa que se establecerán nuevos controles a los fines de evitar la vulneración de la cuarentena, por lo que se dispone:
– No podrá circular más de una persona por vehículo, ya sea automóviles, camionetas, camiones, motocicletas y bicicletas. A excepción del transporte de pasajeros prestados por remises, el que deberá limitarse a dos personas: chofer y 1 pasajero.
– Se deberá comprobar el motivo de la circulación, el mismo se realizará mediante comprobante de compras permitidas, considerando que solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos. En el caso de no poder justificarse, se procederá al secuestro del vehículo y la aprehensión de la/s persona/s, por estar cometiendo un delito en flagrancia.
– En caso de acudir a cajeros automáticos, deberán hacerlo sin ir acompañados y tomando las medidas de prevención necesarias, respetando en las filas la distancia mínima de 1.5 metros entre personas. Los residentes de localidades vecinas que no disponen de cajeros automáticos en las mismas, podrán ingresar a Villa General Belgrano con tal fin, debiendo en este caso, comprobar el motivo de la circulación con ticket de cajero. Recordamos a los mismos que las compras esenciales deben ser realizadas en sus respectivas localidades, atendiendo a los establecido en el art. 2 del DECRETO-NACIONAL-2020-0297-APN-PTE.pdf
– En el caso de ir en tránsito a realizar la compra, se procederá a tomarle los datos personales, debiendo regresar posteriormente al mismo punto de control para su debida justificación. Quienes no regresen para la justificación correspondiente, estarán violando el aislamiento, por lo que se procederá al inicio de las actuaciones judiciales correspondientes.
Así mismo, se recuerda a los comerciantes que realizan sus actividades en el marco de las excepciones establecidas en el DNU 297/2020, Decretos Municipales 029-2020 y 036-2020, que continua vigente la normativa establecida, en virtud de lo cual, deben cumplir las medidas que se detallan a continuación:
a) Respetar el horario de atención al público establecido de 7,00hs a 19,00hs, a excepción de las farmacias, que deberán atender con guardias y respetando el esquema de turnos a partir de dicho horario.El servicio de delivery o entrega a domicilio solo se encuentra autorizado a funcionar hasta las 22 hs.
b) Disponer de personal específicamente destinado a controlar el acceso, dentro y fuera del local comercial, evitando aglomeraciones en los locales de venta en función de la superficie de los mismos, a fin de mantener una óptima relación entre espacio y asistentes.
c) Señalizar los lugares de espera, de manera de mantener una distancia de UN METRO Y MEDIO (1,5 m.) entre cliente/a y cliente/a en lugares de espera sea tanto en línea de caja y/o donde los/as consumidores deban formar fila de espera para ser atendidos.
La única manera de resguardar nuestra comunidad es cumpliendo las medidas establecidas, y en ello, la responsabilidad es de todos. #QuedateEnTuCasa